OCMA propone la destitución de dos Jueces de la Corte de Lambayeque por cometer faltas graves en sus funciones.

Concluida las investigaciones, la Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), Mariem De La Rosa Bedriñana, propone ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la destitución de dos Jueces de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque por contravenir el derecho al debido proceso e incurrir en faltas muy graves.

El primer caso se trata del magistrado Rudecindo José Damián Sandoval (Juez del Segundo Juzgado Mixto de José Leonardo Ortiz). Para la OCMA ha quedado acreditado que el citado Juez concedió indebidamente -en un proceso de amparo-, una medida cautelar a una proveedora del Estado sancionada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), habilitándolo y ordenando la suspensión de los efectos jurídicos dictados por el Tribunal de Contrataciones de este organismo.

Con esta decisión, el Juez Damián Sandoval, infringió su deber de impartir justicia con respecto al debido proceso en su expresión del derecho de las partes a no ser desviados de la jurisdicción predeterminada por ley, ni sometido a procedimiento distinto del previamente establecido por ley y, en su vertiente de motivación de las resoluciones judiciales, por lo que el Órgano Contralor determinó proponer su destitución. 

El segundo caso se trata del magistrado Oscar Rómulo Tenorio Torres (Juez del Tercer Juzgado Civil de Chiclayo).De acuerdo con la resolución de la OCMA, al citado Juez se le atribuye responsabilidad de conceder indebidamente una medida cautelar en un proceso de amparo, solicitada por dos ciudadanos, en contra de los magistrados de la Tercera Sala Penal para procesos con Reos Libres de la Corte de Lima; lo que derivó en la suspensión provisional de todos los efectos jurídicos de la sentencia y, por ende se ordene la inmediata liberación del procesado.

Asimismo, se advierte que el magistrado Tenorio Torres, al admitir la demanda y conceder la medida cautelar solicitada, no verificó que los domicilios de los demandantes no se encontraban en Chiclayo, sino en Lima y Huaura respectivamente, por lo que no existiría fundados motivos para que asuma la competencia; por lo que se avocó a una causa judicial que no le correspondía.

En ambos casos, la Jefa de la OCMA dictó una medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, hasta que la instancia pertinente resuelva en definitiva la situación jurídica de los citados magistrados.