El año pasado la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió tres resoluciones sobre el envío de documentos y comprobantes electrónicos. “Es importante mantenerse actualizado sobre los cambios que exige la norma para evitar contingencias tributarias y aprovechar al máximo los beneficios de la facturación electrónica”, comenta al respecto Kenneth Bengtsson, presidente ejecutivo de Efact, quien resume los cambios que entraron en vigencia este año:
Plazo de envío de facturas electrónicas
Desde el 6 de enero de 2023, los contribuyentes cuentan con un plazo máximo de tres días calendario para enviar sus facturas electrónicas a la SUNAT o a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE). “Vencido ese plazo, no tendrá la calidad de factura electrónica ni de nota electrónica, aun cuando hubiera sido entregada al adquirente o usuario”, explica Bengtsson.
El ejecutivo recuerda que SUNAT emitió una normativa que reducía el plazo para el envío de facturas a solo un día, pero se rectificó. Sin embargo, advierte que el organismo tributario puede retomar esta iniciativa que obliga a las empresas a estar pendientes de los cambios y ser más ágiles en sus sistemas de gestión de comprobantes.
“Nosotros vemos que los cambios de SUNAT están dirigidos a facilitar que las compañías obtengan sus facturas aprobadas en el más breve plazo. Esto beneficia a las pequeñas empresas, porque obtienen sus comprobantes cuando antes para iniciar procesos de acceso a financiamiento, como el factoring”, explicó el ejecutivo de Efact.
Masificación de las guías de remisión
Desde este año, la emisión de la guía de remisión electrónica o GRE es de uso obligatorio para nuevos contribuyentes. Este documento se puede emitir tanto a través del portal de SUNAT como por las plataformas de los Proveedores de Servicios Electrónicos, donde los contribuyentes pueden guardar información clave como datos frecuentes para agilizar el proceso de emisión y ahorrar tiempo.
“Si bien la SUNAT se hará cargo de la validación de las guías de remisión, las empresas tienen en los Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE) a aliados que ayudan a gestionar los documentos y realizar el seguimiento debido para su aprobación”, comentó Bengtsson.
Obligatoriedad de contratar un OSE para nuevos PRICOS
A partir de julio del año pasado, los nuevos Principales Contribuyentes están obligados contratar a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para la validación de sus comprobantes electrónicos. Según Kenneth Bengtsson, presidente ejecutivo de Efact, SUNAT publicó una lista de 5,418 empresas consideradas como nuevos Pricos, tanto nacionales como regionales.
Así como sucedió con la masificación de la facturación electrónica, SUNAT ha ido ampliando cada vez más la lista de empresas obligadas a validar sus comprobantes por medio de los OSE y es posible que emita nuevas normativas para sumar a más compañías. “Los OSE, como Efact, somos agentes autorizados por SUNAT para validar los comprobantes”, explicó el ejecutivo.