El Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes), entidad adscrita al Ministerio de la Producción, implementará el Reglamento Sectorial de Inocuidad de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, con lo cual se reforzará el marco normativo en el sector generando un mejor respaldo para la industria de la pesca y acuicultura ante los mercados internacionales y mayor confianza ante nuestros socios comerciales en el exterior.

El referido reglamento se ejecutará tras la aprobación del documento normativo, plasmado en el Decreto Supremo Nº 020-2022-PRODUCE, gestión que fue formulada e impulsada por Sanipes como autoridad sanitaria; derogando el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, que aprobó anteriormente la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

Es importante resaltar que, el objetivo principal de su aplicación es establecer los requerimientos sanitarios relativos a la inocuidad, que deben cumplirse en el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas, durante cada etapa de la cadena productiva; con la finalidad de obtener recursos y productos hidrobiológicos, así como alimentos y productos veterinarios de uso en acuicultura, aptos para su consumo y/o fin al que se destine; en aras de salvaguardar la salud pública.

Entre los principales contenidos se encuentran requerimientos sanitarios operativos aplicables a la pesca que permitirán reforzar la aplicación de las buenas prácticas de manipulación a bordo y conservación de los productos de la pesca.

En el caso de la acuicultura, su cumplimiento permitirá que los recursos hidrobiológicos que sean cosechados cumplan con los estándares de inocuidad necesarios para su consumo directo o posterior procesamiento

Y para el caso de las plantas de procesamiento, permitirá elevar los estándares sanitarios, aumentar la rentabilidad y facilitar el comercio considerando el cumplimiento de los acuerdos y tratados comerciales suscritos por el Perú.

Asimismo, aborda diferentes aspectos en materia de inocuidad que debe cumplirse durante el desembarque de los productos de la pesca, fortaleciendo mecanismos que eviten su contaminación; para el transporte de recursos y productos hidrobiológicos entre infraestructuras y/o para comercio, garantizando la frescura y/o conservación de los mismos. Y para el caso del almacenamiento de productos hidrobiológicos, piensos y productos veterinarios a fin de no afectar su vida útil y facilitar el posterior comercio seguro.

En adición a ello, sistematiza, compila y ordena los requerimientos técnicos de etiquetado de dichas mercancías garantizando la rastreabilidad de las mismas hasta el consumidor final.

Finalmente, este Reglamento Sectorial de Inocuidad que entrará en vigencia el 29 de junio del 2023, permitirá a los operadores del sector pesca y acuicultura que se adecuen a las nuevas disposiciones hasta finales del presente año; y solidificará a Sanipes entre sus pares internacionales.