Con el fin de garantizar una adecuada atención a los pueblos indígenas, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho recomendó a las entidades privadas y públicas contar con funcionarias/os y servidoras/es públicas/os bilingües con dominio en alguna lengua originaria e implementar un registro de dichas funcionarias/os accesible al público; asimismo, diseñar y ejecutar programas de capacitación de idiomas predominantes en la región.

Este pedido se efectuó durante la presentación virtual de los resultados de una supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo sobre la implementación de la Ley n.° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, en entidades que prestan servicios públicos a la población.

Durante el evento, se destacaron algunos avances, entre ellos que el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, cuentan con servidoras/es bilingües certificados por el Ministerio de Cultura, y que un limitado número de instituciones estatales han previsto estrategias comunicacionales con enfoque de interculturalidad.

Sin embargo, se informó que, de las 18 instituciones públicas supervisadas en el departamento, la mayoría no cuenta con funcionarias/os y servidoras/es bilingües que acrediten el dominio de la lengua originaria predominante en la región, el quechua, no realizaron capacitaciones al personal de sus entidades, tampoco implementaron canales de atención a usuarias/os indígenas sobre quejas relacionados a sus derechos lingüísticos.

En ese sentido, el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho, David Pacheco-Villar, enfatizó que se hará un seguimiento constante al desempeño de las instituciones y presentarán una segunda parte de esta supervisión para verificar si las 18 entidades que fueron comprendidas en el estudio acogieron las recomendaciones expuestas.

A su turno, la jefa del Programa de Pueblos Indígenas de la institución, Nelly Aedo, resaltó que en el departamento de Ayacucho más del 63 % (365 162) de la población tiene al quechua como lengua materna, por lo que invocó a las entidades públicas o privadas que prestan servicios públicos, reforzar sus acciones y dar cumplimiento a las obligaciones dispuestas en el artículo 12 del reglamento de la Ley n.° 29735, a fin de que la personas tengan acceso a una atención de los servicios públicos con pertinencia lingüística.

De esta manera, la Defensoría del pueblo ha hecho visible la importancia de implementar la normativa vigente y mejorar los canales de atención a las personas que buscan orientación y en muchos casos reposición de sus derechos vulnerados.