La oficina de la Defensoría del Pueblo en Áncash exhortó a la Municipalidad Provincial de Corongo a dejar sin efecto la Ordenanza Municipal 003-2021-MPC, por la que dispuso la suspensión de actividades y de atención en los locales comerciales e instituciones públicas y privadas, además del aislamiento social obligatorio de la población desde el lunes 19 de abril hasta al 2 de mayo próximo.
Según explicó la jefa de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Áncash, Soledad Rodríguez, con dicha norma la Municipalidad de Corongo vulnera la Constitución porque los gobiernos locales carecen de competencias para disponer restricciones a derechos fundamentales más allá de las que válidamente establece el Poder Ejecutivo cuando declara el estado de emergencia.
“Además de restringirse inválidamente la libertad de tránsito, con la emisión de la ordenanza no se garantiza tampoco el cumplimiento de actividades esenciales como el abastecimiento de alimentos, salud, medicinas y agua; y de servicios básicos como saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, limpieza y recojo de residuos sólidos, como sí se dispone en las medidas que amplían el estado de emergencia nacional”, precisó.
De otro lado, la representante de la Defensoría del Pueblo alertó que la norma aprobada por el municipio de Corongo no respeta lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 076-2021-PCM, por el que se establecen medidas diferenciadas hasta el próximo 9 de mayo de acuerdo al nivel de riesgo sanitario en cada provincia.
“De acuerdo con lo estipulado en el decreto supremo, la provincia de Corongo está considerada dentro del grupo de riesgo muy alto por sus índices de contagios de COVID-19, por lo tanto, la inmovilización social rige desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, y no como establece la ordenanza municipal”, subrayó Rodríguez, quien además instó a las autoridades locales a respetar el marco legal y constitucional que regula la vigencia del estado de emergencia sanitaria.