Lima.- A la fecha, más de 60% de los contratos de leasing o arrendamiento financiero, en el que una persona o empresa puede recibir en alquiler un bien, mediante el pago de cuotas a una entidad financiera o empresa registrada en la SBS, han sido suscritos para acceder a vehículos de transporte terrestre.

Así lo señaló Alberto Morisaki, Gerente de Estudios Económicos de la Asociación Automotriz del Perú (AAP), tras destacar la promulgación de la Ley 31248 -impulsada por Produce con el apoyo técnico del sector financiero y automotor- que busca promover la reactivación de las micro, pequeñas y medianas empresas, y fortalecer diversas herramientas financieras.

Con la norma se modifica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, estableciéndose ahora que las entidades financieras y empresas interesadas en ofrecer financiamiento a través del leasing, y que estén previamente registradas en la SBS, estarán exoneradas de responsabilidad administrativa por infracciones y responsabilidad civil en caso de accidentes, que cometan los usuarios o poseedores de los vehículos entregados en leasing. Antes de esta Ley podían ser consideradas como responsables por dichos actos.

“El propietario del vehículo y, en su caso, el prestador del servicio de transporte, son solidariamente responsables ante la autoridad administrativa de las infracciones vinculadas a las condiciones técnicas del vehículo, incluidas las infracciones a las normas relativas a las condiciones de operación del servicio de transporte, a la protección del ambiente y a la seguridad, según lo que se establece en esta Ley y los reglamentos nacionales. La regla anterior no se aplica a los propietarios que arriendan su vehículo bajo un contrato de arrendamiento financiero, siempre que hayan hecho entrega del vehículo al arrendatario”, precisa en el dispositivo.

Asimismo, se detalla en la norma, “la responsabilidad civil derivada de los accidentes de tránsito causados por vehículos automotores es objetiva, de conformidad con lo establecido en el Código Civil.  El conductor, el propietario del vehículo y, de ser el caso, el prestador del servicio de transporte terrestre, son solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados. La regla anterior no se aplica a los propietarios que arriendan su vehículo bajo un contrato de arrendamiento financiero, siempre que hayan hecho entrega del vehículo al arrendatario”.

Principales beneficios

De acuerdo a Alberto Morisaki, los principales beneficios del leasing son la posibilidad de adquirir y renovar activos como vehículos, maquinarias o inmuebles sin distraer capital de trabajo, acceder a un cronograma de pagos que se adapta a su flujo de caja, uso de la depreciación acelerada y del IGV como crédito fiscal.

“Según el Ministerio de la Producción, más de medio millón de micro y pequeñas empresas ha cerrado desde marzo del 2020 y cerca de 8 millones de personas han perdido su trabajo. Por eso, desde la Asociación Automotriz del Perú (AAP), saludamos el trabajo realizado por Produce para sacar adelante esta Ley. Ahora, empresas formales con el correspondiente registro en la SBS, podrán ofrecer una alternativa adicional de acceso al crédito a las MIPYME. Una herramienta financiera que les permitirá renovar equipos y por ende impulsar su mayor desarrollo”, anotó el ejecutivo gremial tras resaltar la permanente disposición de la autoridad para escuchar y acoger las mejores ideas de los distintos actores involucrados, desde el lado de las instituciones financieras como del sector automotor. “Ha sido un largo camino, pero hoy tenemos una norma consensuada y elaborada pensando en impulsar el uso de una herramienta financiera versátil y que puede convertirse en un factor que impulse la reactivación de las empresas y los emprendedores”, recalcó.

Cabe señalar que, de acuerdo a cifras de Produce, existen 282 mil MIPYME que podrían ser beneficiadas con este instrumento financiero. Actualmente, refirió Morisaki, un porcentaje muy bajo del total de MIPYME tiene acceso al sistema financiero, 5.4%.

De acuerdo a información de Asbanc, el saldo de las operaciones de leasing realizadas a través de las empresas financieras y orientadas a la adquisición de unidades de transporte, pasó de S/ 5 186 millones de soles en julio del 2014 a S/3 271 millones de soles en diciembre del 2020; es decir una contracción de S/ 1 918 millones de soles en los últimos 6 años. Una situación que se busca revertir con la dación de este dispositivo.

“Con esta norma esperamos que a la par que se incrementan las operaciones de leasing, se incremente la adquisición de vehículos tales como pick up y furgonetas, camiones y tractocamiones, que son vehículos utilizados para actividades comerciales y a su vez susceptibles de ser financiados a través del leasing”, finalizó.